Bogotá.
Según la Superintendencia de Economía Solidaria el número de solicitudes se debe a que una antigua legislación impedía seguir adelante con el proceso sin antes cancelar la totalidad de los pasivos externos.
No obstante, con el ajuste en la básica jurídica en el capítulo 13 de la circular 007 de 2008 de la Ley 79, se dio vía libre para que estas liquidaciones se concluyan.
De esta manera, la Supersolidaria está adelantando un saneamiento de la base de datos con el fin de terminar los procesos inconclusos y cancelar la personalidad jurídica de estas organizaciones en las Cámaras de Comercio.
Para la coordinadora de Asuntos Especiales de la entidad vigiladora, Martha Nury Beltrán, las modificaciones en la ley permitieron agilizar los trámites, al mismo tiempo que dio soluciones a los problemas más frecuentes.
“Era prácticamente imposible que una cooperativa que entraba en liquidación voluntaria terminara con el proceso, pues la legislación le exigía pagar las deudas que tuviera fuera de la organización, hecho que no tiene sentido porque si una empresa entra en liquidación es porque no cuenta con los recursos necesarios para mantenerse”, aseguró Beltrán.
Debido a las modificaciones, la Supersolidaria está en la búsqueda de los responsables de cada uno de los 159 procesos de liquidación, ya que la mayoría se iniciaron hace más de 10 años, fecha en la que aún no se había constituido la entidad.
Para finalizar el trámite, los liquidadores que no cuentan con los activos suficientes para responderle a los acreedores, deberán presentar un acta final de liquidación ante los socios o responsables de la organización, lo que termina el proceso por insuficiencia de dinero, al mismo tiempo que demuestra que la cooperativa no está ejerciendo su objeto social.
Modificación de estatutos
Otro de los procesos que está adelantanto actualmente la superintendencia es la modificación de los estatutos de algunas cooperativas que tienen explícitos o implícitos la actividad financiera, pero que no cuentan con la aprobación para hacerlo.
Bajo esta condición, la Supersolidaria ha identificado en el país 200 organizaciones que cumplen con el perfil.
“La idea es eliminar la posibilidad de que las cooperativas que no están autorizadas ejerzan la actividad financiera. Esto no quiere decir que hoy en día la estén desarrollando, pero que sí está plasmado en sus estatutos, lo que es necesario desaparecer en el menor tiempo posible”, dijo la coordinadora de Asuntos Especiales de la Supersolidaria.
La directora Ejecutiva de la Confederación de Cooperativas de Colombia (Confecoop), Clemencia Dupont, aseguró que actualmente en Colombia no existe un sólo caso en el que se haya descubierto a una empresa del sector solidario ejerciendo la actividad financiera sin autorización, pero que esto no es motivo para prevenirlo.
“Es vital tomar una decisión de fondo con las organizaciones que, dado el caso, pueden realizar operaciones financieras, ya que ponen en riego el dinero de los asociados, primero, porque no cuentan con el aval de una autoridad competente, y segundo, porque no sabrán administrarla de manera correcta”, explicó.
Para verificar que estas 200 cooperativas no están desarrollando la actividad, la Supersolidaria verificó que dichas cooperativas no mostraran operaciones en la cuenta 21, lo que verifica que nunca han ejercido estas labores.
Las proyecciones realizadas por la superintendencia indican que al finalizar 2009 los procesos iniciados, tanto de liquidaciones voluntarias como de eliminación de estatutos de actividad financiera en las cooperativas, concluirán de manera exitosa.
Apoyo para la finalización de los procesos
Para estos dos procesos, el de concluir las liquidaciones voluntarias y el de eliminar de los estatutos de las cooperativas la actividad financiera para las que no están autorizadas, la Superintendencia de la Economía Solidaria está realizando un llamado a las personas encargadas o liquidadores, con el fin de conocer, de primera mano, cuáles son las condiciones en las que se encuentran las empresas y así actuar de una manera más acorde al caso en particular.
En ninguna de las dos situaciones se realizarán sanciones a los responsables de los procesos, por el contrario, recibirán apoyo para que terminen su labor.